1. Introducción y objetivos

El estado y la evolución de las lesiones derivadas de un accidente dependen, en gran parte, de la rapidez y de la calidad de los primeros auxilios recibidos.

La LPRL marca como obligación del empresario el análisis de las posibles situaciones de emergencia así como la adopción de las medidas necesarias, entre otras, en materia de primeros auxilios.

Los puntos a considerar, tal como marca la citada ley, son los siguientes:

Designación del personal encargado de poner en práctica dichas medidas, previa consulta de los delegados de prevención.

Dicho personal, en función de los riesgos, deberá recibir la formación adecuada en materia de primeros auxilios, ser suficiente en número y disponer del material ade­cuado, siempre a tenor del tamaño y actividad de la empresa, de la organización del trabajo y del nivel tecnológico de aquella.

Revisión o comprobación periódica del correcto funcionamiento de las medidas adoptadas.

Organización de las relaciones que sean necesarias con servicios externos para ga­rantizar la rapidez y eficacia de las actuaciones en materia de primeros auxilios y asistencia médica de urgencias.

 

La normativa considera la no adopción de estas medidas como una infracción grave o muy grave si origina un riesgo grave e inminente.

Al finalizar esta unidad habrá alcanzado los siguientes objetivos:

Ofrecer la pauta de actuación ante cualquier accidente, como primera intervención, a fin de activar correctamente el Sistema de Emergencia.

Orientar sobre la estructura de los primeros auxilios en la empresa.

Ofrecer una metodología de actuación cuando se tiene que socorrer a cualquier accidentado.