6. El control de la salud de los trabajadores

6.6. ANEXO Diferentes tipos de vigilancia médica en función de su frecuencia

En relación con la periodicidad de la vigilancia de la salud, las principales categorías se encuentran señaladas en el Reglamento de los Servicios de Prevención, apareciendo también categorías especiales en cierta normativa específica.

En resumen, los diferentes tipos de vigilancia médica en función de su frecuencia son:

Inicial: después de la incorporación al trabajo o después de la asignación de tareas específicas con nuevos riesgos para la salud.

Periódica: por trabajar con determinados productos o en determinadas condiciones reguladas por una legislación específica que así lo exija o según riesgos determina­dos por la evaluación de riesgos, incluidas las características personales.

Tras una ausencia prolongada por enfermedad: no está definido en la legislación el periodo de tiempo que debería considerarse como “ausencia prolongada”. Queda pues a criterio médico considerar el periodo más adecuado en función de su origen laboral o no, de las alteraciones presentadas, de las características personales y del puesto de trabajo en cuestión.

Previa a la exposición: esta figura aparece en ciertas normas específicas (como la de agentes biológicos, la de agentes cancerígenos o la de pantallas) y sigue totalmente vigente para la vigilancia de la salud en el ámbito de las enfermedades profesiona­les y para la evaluación de la salud de los trabajadores nocturnos.

Posocupacional: cuando el efecto del factor de riesgo laboral tiene un largo periodo de latencia.

Por detección de daño en un trabajador: en este caso se deberá proponer la revi­sión de la evaluación de riesgos y proceder a la vigilancia médica de los trabajado­res que pertenezcan al mismo grupo de riesgo.