5. Nociones básicas de actuación en emergencias y evacuación

5.2. Situación de emergencia

Una situación de emergencia puede generar daños a las personas, instalaciones y me­dio ambiente.

Para evitar o minimizar dichos daños, en la empresa se debe prever y organizar adecua­damente el modo de actuación ante las emergencias.

 

Modo de actuación

El modo de actuación y la forma de dejarlo documentado dependerán de la valoración de la situación que se haga teniendo en cuenta el tamaño, el tipo de actividad y la pre­sencia de personas ajenas a la empresa.

Cuando el tipo de actividad del centro, establecimiento o dependencia, pública o pri­vada, pueda generar riesgo de emergencia más allá de la propia empresa afectando a empresas colindantes o a la ciudadanía, el titular estará obligado a adoptar las medidas de autoprotección correspondientes elaborando un Plan de Autoprotección según lo establecido en el Real Decreto 393/2007, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección.

Los pasos a seguir para controlar las emergencias serán los siguientes:

Identificación de los tipos de emergencias que pueden ocurrir y evaluación de la probabilidad de aparición, capacidad de control sobre la misma y gravedad de los resultados.

Elaboración de un documento que recoja la forma de actuar y los medios dispo­nibles tanto humanos como técnicos (medidas de emergencia, procedimiento de emergencia, plan de emergencia interior (PEI), plan de autoprotección, etc.) según proceda en cada caso por exigencia legal.

Información, formación y entrenamiento adecuados de los trabajadores, con el fin de garantizar el correcto desarrollo y entendimiento del plan.

Realización de revisiones de botiquines, etc., inspecciones de sistemas de protec­ción contra incendios, instalaciones, etc.

Realización de simulacros de emergencia y evacuación.