Contenidos U5
3. De funcionamiento de la escuela
En los centros ordinarios el alumno se matricula en septiembre o en febrero. En los Centros penitenciarios la Ley y el Reglamento Penitenciario recogen que la matrícula de los alumnos estará abierta durante todo el curso, esto se debe a que el ingreso de las personas detenidas o que van a cumplir una condena se produce durante todo el año.
A la escuela puede asistir cualquier interno que tenga acceso al módulo sociocultural, que no tenga ninguna incompatibilidad (es decir que no haya tenido problemas de convivencia con otro alumno) y que no tenga los niveles que se imparten en la escuela superados.
Los internos que quieren asistir a la escuela deben solicitarlo mediante una instancia (es el medio más habitual para solicitar cualquier cosa). Una vez recepcionada por el responsable de la gestión de la escuela se le matrícula y aparecerá en los listados de internos que tienen acceso a las dependencias escolares, indicándole en qué turno y en qué nivel está matriculado.
Por asistir a la escuela los alumnos reciben trimestralmente y si los informes son favorables, algunos beneficios penitenciarios, llamadas telefónicas, comunicaciones especiales extras, menciones positivas en sus expedientes o cancelación o acortamiento de sanciones.
Según la legislación penitenciaria los internos que tienen un comportamiento que infrinja las normas establecidas recibirán sanciones. Estas van en consonancia con la gravedad de la infracción. Las hay leves, graves y muy graves. Cada una lleva aparejado un castigo y un periodo de rehabilitación. Este periodo se puede acortar si el interno tiene una actitud positiva y de esfuerzo por participar en las actividades de tratamiento. Una de las principales es la asistencia a la escuela.
La escuela sirve también para promocionar y hacer méritos para desempeñar destinos de confianza, remunerados y talleres y para constatar que el preso está preparado para salir de permiso o progresar de grado. Es decir para conseguir la libertad.